REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 29 de Julio del 2013
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos FANOR GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 24.772.499 con domicilio en la comunidad del Chuponal vía Santa Lucia de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUAN FRANCISCO ROMERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.502.154, domiciliado en la comunidad de Peguaima de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano ALEXANDER VALENTIN TORRES ALVARES, Venezolano, Titular de la cedula de identidad Nro V- 12.081.919; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó sobre una Parcela de Terreno propiedad Municipal, que mide TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (373,40 mts2), en un área de construcción de SETENTA METROS CUADRADOS ( 70,00 Mts2) Ubicado en la Calle 24 entre avenida 3 y avenida Rafael Urdaneta de la Comunidad Andrés Bello de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, una casa construida con paredes de bloques rústicos, techo de zinc, Piso de cemento pulido, distribuida en una sala, con una puerta de entrada de hierro, una ventana de protector de hierro, una cocina con ventana de protector de hierro, tres habitaciones con ventanas de protector de hierro, y un baño, cercada perimetralmente con pared de bloques rústicos con sus servicios de electricidad y aguas blancas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Felia Torres en 28.90 ml; SUR: Casa que es o fue de José Torres en 28.20 ml; ESTE: Casa que es o fue de Prudencia Álvarez en 11.80 ml; OESTE: Calle 24 su frente en 14.40 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-107-02-11, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 06 de Junio del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2708/2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-