REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 04 de Julio del 2013
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ROSA ELEN A CABRERA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.689.423 y domiciliada en el Sector el Galpón en Sabana Larga del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ROSBAL DARIO SEQUERA REGALADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.796.420 y domiciliado en el Caserío la Bartola, Calle Principal diagonal a la Escuela Casa Nº 31-25 del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JOSE PAUSIDES LUCENA y AURISMARV COROMOTO REA LUGO, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. V- 14.336.590 y 15.284.933 ambos de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dicen poseer sobre un lote de terreno del Inti, ubicado en el Callejón 1 Sector Piercole Zechetty de la Comunidad de Sabana Larga del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 797,67 Mts2 y un área de construcción de 170,24 Mts2, dicha bienhechuría posee las siguientes características: una (1) casa de habitación con paredes de bloques de 0,15, cubierta de zen zen, corredor de zinc galvanizado, losa nervada, piso de cemento, cocina, tres (3) cuarto, sala y baño, corredor, cuatro (4) puertas metálicas, dos (2) puertas de madera, tres (3) ventanas metálicas, instalaciones de aguas blancas y negras e instalaciones eléctricas, piscina de 44 mts3, árboles frutales como: cambur, aguacate, guanábana, naranja, mandarina, manga y limones, todo cercado en alambre de púas y setos vivos y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Elena Ercilia Rea Gómez en dos líneas de 15,35 ml y otra de 37,65 ml; SUR: Casa y Solar que es o fue de Yamilette Ramones en 30,00 ml; ESTE: Drenaje Natural Zanjón la Araña en 22,20 ml OESTE: Casa que es o fue de Mayibe Zerpa en dos líneas una de 15,10 ml y otra de 15,35 ml; según se evidencia en la Constancia de Posecion, emitido por el Consejo Comunal “Unidos por Sabana Larga” del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 20 de Mayo del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2623/2013.-



El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ