REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.



Chivacoa: 08 de Julio de 2013.
Años: 202° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARIA BERONICA FLORES JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 6.718.316, domiciliada en la Avenida 7 entre calles 19 y 20, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, FRANKLIN JOSE AGUIAR HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 12.283.405, domiciliado en La Avenida 10, entre calles 18 y 19, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano, JOSE ANTONIO PEREZ CORDERO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.209.953, civilmente capaz, domiciliado en la Población de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que el solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de TRESCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS (317.81 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (114.80 Mts2), Ubicado en la Avenida 7 entre calles 19 y 20, Comunidad Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques, de cemento, techo de acerolit, piso de cerámica, estructura de techo metálica, cercada totalmente de bloques de cemento y patio, distribuida de la siguiente manera; tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor, tres (03) puertas metálicas con protectores y un (01) lavadero; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 7 su frente, 10.60 M; SUR: Casa que es o fue de Josefa Mercado, 6.75 M; ESTE: Casa que es o fue de Antonio Pérez, 35.55 M; y OESTE: Casa que es o fue de Celina González, 34.75 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nro. 22 03 01 U01 108 24 04, otorgadoo por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Mayo de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2659-2013.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA


La Secretaria,


Abg. Erlen Martínez.-


EBA/EM/Audry.-