REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 03 de Julio de 2013
Años: 203° y 154°
Exp. Nº 1661-2013.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)
Visto el escrito que antecede suscrito por la ciudadana: DOUGLAS GRACIELA GONZALEZ, los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de las testigos juradas, ciudadanas: NELLY COROMOTO DIAZ GUEVARA y MARIA BERENICE PETIT RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.861.035 y V- 16.060.998, respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: DOUGLAS GRACIELA GONZALEZ y JOSE NICOMEDES COLMENAREZ MILAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.503.565 y V- 3.284.214, respectivamente, en su condición de madre y padre, del ciudadano: COLMENARES GONZALEZ LUIS ALFREDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.993.266, siendo su último domicilio en la Carrera 09, entre Avenidas 7 y 8, Sector el Cementerio, Casa S/N, Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, fallecido AB-INTESTATO en fecha 17 de Marzo de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Provisorio;



Abg. Marlyn Emilia Rodrigues Pérez
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.

En la misma fecha devuelve constante de Once (11) folios útiles.
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.