REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 09 de Julio de 2013
Años: 203° y 154°
Exp. Nº 1662-2013.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ARCADIA SANCHEZ TORRES, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas: MARIA YRMA TORREALBA LOYO y AVILIA PASTORA SUAREZ DE MUJICA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.284.000 y V-7.323.422 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: ARCADIA SANCHEZ TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V-3.856.263, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal; que mide: 2.024,60 mts2, aproximados, ubicado en el Canal de Servicio con Carretera Vía Urachiche, Barrio Simón Bolívar, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy; comprendido dentro de los siguiente: NORTE: Resguardo de Quebrada Seca; SUR: Canal de Servicio; ESTE: Resguardo de Quebrada Seca; y OESTE: Carretera Vía Urachiche. Las referidas bienhechurías consisten en un inmueble constituido así: A) Una (1) casa de dos plantas siendo de las características siguientes: paredes de bloques, piso de cemento, techo de platabanda y techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro distribuida así: la planta baja: sala, comedor, baño y lavadero y la planta alta: dos (2) cuartos, sala, baño y comedor, B) Un (1) local comercial de paredes de bloques, piso de cemento, puertas de hierro, techo de acerolit, distribuido así: una sala de expansión, cocina, una oficina con despacho de barra, una planta grande de cemento y C) Un (1) galpón de techo de zinc y acerolit, piso de cemento, y una pieza y baño, todo el inmueble en general antes descrito se encuentra totalmente cercado de paredes de bloques, con un portón de entrada común, dotación de los servicios públicos: cloacas, agua y luz; siendo su área de construcción: 415,98 mts2 aproximados. Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisorio,
Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de DIEZ (10) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
La Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 10 del expediente distinguido con el Nº 1662-2013. Urachiche, a los NUEVE (09) días del mes de Julio de 2013.-
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
MERP /aaag.-