REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 12 de Junio de 2013.
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos JULIO CESAR QUERALES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 12.724.391, domiciliado en Tamarindo II, calle 16, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, DRAXIMAL GRACIELA PEREZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 22.312.220, domiciliada en La Calle 6 entre Avenida 1 y 2, Urbanización Bicentenario, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, MELVI JOSEFINA PARRA ROMERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.282.108, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Privada, que forma parte de una mayor Extensión de la Sociedad Anónima “MAYCO”; que mide una superficie de CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (181.44 Mts2), con un Área de Construcción de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (36.00 Mts2), Ubicado en la Calle 2, entre Avenidas 1 y 2, Comunidad Nueva Esperanza, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Un (01) rancho con cerca perimetral de estantillos y tres (03) pelos de alambre de pua; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Rubiel Monte Mayor, 16.80 M; SUR: Casa que es o fue de Ernestina Villamizar, 16.80 M; ESTE: Casa que es o fue de Dobobuto Analys 10.80 M; y OESTE: Calle 2 Su Frente, 10.80 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 115 01 06 02 01 48, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 08 de Mayo de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2607-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/Audry.-