REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de junio de 2013.
203° y 154°
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2013-000092
PARTE DEMANDANTE: JESSICA ANDREINA HERNANDEZ SANCHEZ
REPRESENTADO POR: MIMILE ZORAIDA SILVA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.051.809 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.201, en su condición de PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES DEL ESTADO YARACUY
PARTE DEMANDADA: MARIBEL GONZALEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS PASIVOS LABORALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los diecinueve (19) días del mes de junio de 2013, siendo las nueve (11:00) de la mañana, fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y dar inicio al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS PASIVOS LABORALES, incoada por la ciudadana: JESSICA ANDREINA HERNANDEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.198.447; representada por la abogada: MIMILE ZORAIDA SILVA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.051.809 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.201, en su condición de PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES DEL ESTADO YARACUY; en CONTRA de la ciudadana: MARIBEL GONZALEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.852.251. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato de que para este acto se encuentra presente la parte demandada la ciudadana: MARIBEL GONZALEZ, sin asistencia jurídica Igualmente se deja constancia de que la parte actora se encuentra presente en este acto en la persona de la trabajadora accionante, la ciudadana: JESSICA ANDREINA HERNANDEZ SANCHEZ; así como su Apoderada Judicial, abogada: MIMILE ZORAIDA SILVA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.051.809 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.201, en su condición de PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES DEL ESTADO YARACUY. En este estado, interviene en ciudadano Juez y expone: Con vista de que la Demandada, ciudadana: MARIBEL GONZALEZ, se encuentra presente en este acto sin estar asistido o representada por abogado, este Juzgador, con base a la Tutela Judicial Efectiva y a los fines de salvaguardar el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa que tienen las partes en el Proceso, decide suspender la celebración de la presente Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy y establecer una nueva oportunidad para la celebración de la misma para el día Martes, 30 de Julio de 2013, a las dos (02:00) de la tarde. A los fines de que la parte actora concurra a la celebración de la Audiencia Preliminar asistido o representados de abogado. Finalmente el Ciudadano Juez ordeno la lectura integra de la presente acta, quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 10:00 de la mañana del mismo día, con la firma, en la presente acta, de todos los asistentes.-
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,
Abg. DANIEL ALBERTO ROMÁN CONTRERAS
La Actora
La Abogada Apoderada de la Demandante
La Parte Demandada
La Secretaria
Abgda. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
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