REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 18 de Marzo de 2013.
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: BARBARA GILMARYS VARGAS MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 23.575.057, domiciliada en San Antonio, vereda 25, con calle 30, de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, GILBERT JAVIER ESCALONA ZUÑIGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 19.265.477, domiciliado en San Antonio, vereda 38, con calle 25, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, RAIZ CARIMAR MENDOZA TOVAR, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.612.556, de este domicilio; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad de Inavi, que mide una superficie de CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS (141,36 Mts2), Ubicado en la Vereda 25, entre Vereda 34 y Calle 2, Comunidad San Antonio, de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) cerca perimetral construida con estantillos de madera viva y muerta a cuatro (04) cintas o pelos de alambres de puas, con servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vía Férrea, en una longitud de 11,40 M; SUR: Vereda 25 Su Frente, en una longitud de 12,40 M; ESTE: Casa que es o fue de Elsy Tovar, en una longitud de 12,40 M; y OESTE: Casa que es o fue de Flor Machado, en una longitud de 12,40 M, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22 03 01 U01 112 58 08 otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Diciembre de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2483-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/AA.-