REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 04 de Marzo de 2013
Años: 202° y 154°
Exp. Nº 1563-2013.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)
Visto el escrito que antecede suscrito por los ciudadanos: MARISOL ROJAS y ATILO VADERRAMA ROJAS, los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de las testigos jurados, ciudadanos: AIDEE MARIA RIVERO DE PRINCIPAL y FRANKLIN ANTONIO PRINCIPAL MOGOLLON, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.727.585 y V- 8.519.169, respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: MARISOL ROJAS y ATILO VADERRAMA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.503.030, V- 7.576.565, respectivamente, en su condición de hijos, de la ciudadana: MARTHA DIVINA ROJAS, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.743.125, siendo su último domicilio en el Final de la Calle 11, Sector El Cementerio Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, fallecida AB-INTESTATO en fecha 11 de Septiembre de 2009. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Provisorio;
Abg. Marlyn Emilia Rodrigues Pérez
El Secretario Accidental;
Fernando A. Adán R
En la misma fecha devuelve constante de Diecisiete (17) folios útiles.
El Secretario Accidental;
Fernando A. Adán R.