REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de mayo de 2013.
203º y 154º

ASUNTO: UP11-J-2012-000736

PARTES: Ciudadanos MARIANNY DEL CARMEN GÓMEZ y YOHAN GABRIEL PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 17.700.312 y V-16.594.499 respectivamente.

MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN


En fecha 16 de abril de 2012, se admitió solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por los ciudadanos MARIANNY DEL CARMEN GÓMEZ y YOHAN GABRIEL PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 17.700.312 y V-16.594.499 respectivamente, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA. En fecha 18 de abril de 2012, se homologó el acuerdo suscrito por las partes.
En fecha 6 de mayo de 2013, la ciudadana MARIANNY DEL CARMEN GÓMEZ, consignó Copia del Acta de Defunción del padre de la niña ciudadano YOHAN GABRIEL PACHECO y solicitó la extinción de la obligación de manutención a favor de su hija.
Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
Observa esta Juzgadora, que de la revisión del Acta de Defunción del padre de la niña de autos, el ciudadano YOHAN GABRIEL PACHECO, cursante al folio 35 de este expediente, se pudo constatar que el ciudadano YOHAN GABRIEL PACHECO, falleció en fecha 11 de marzo de 2013.
Ahora bien, el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contiene las causas de extinción de la Obligación de Manutención, y preve lo siguiente: .
“La Obligación de Manutención se extingue:
a) Por la Muerte del obligado u obligada, o del niño, niña o adolescente beneficiario o beneficiaria de la misma… (omissis)!.

Por cuanto se evidencia en autos que el obligado alimentario ciudadano YOHAN GABRIEL PACHECO, falleció en fecha 11 de marzo de 2013, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR FALLECIMIENTO DEL OBLIGADO ALIMENARIO, interpuesta por los ciudadanos MARIANNY DEL CARMEN GÓMEZ y YOHAN GABRIEL PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 17.700.312 y V-16.594.499 respectivamente, así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los trece (13) días del mes de mayo de 2013. Años: 203° y 154°.
La Juez,

Abg. BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ

La Secretaria,

Abg. NOREN VANESSA CARVAJAL

En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.-


La Secretaria,

Abg. NOREN VANESSA CARVAJAL
ASUNTO: UP11-J-2012-000736