REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa, 05 de Noviembre del 2013
Años: 203° y 154°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE TOMAS PINEDA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.126.179 y domiciliado en la Comunidad de Peguaima, Avenida 4 entre calles 21 y 22 Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ORALDO ANTONIO GAMEZ TORREALBA , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.177.787 y domiciliado en la Calle 22 entre Avenidas 4 y 5 de la Comunidad de Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: ERASMO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 811.286 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado Calle 22 entre Avenidas 4 y 5 Comunidad Peguaima Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno que mide una superficie de CIEN METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS ( 100,25 mts2), con un Área de construcción de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS ( 94,30 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Paredes de Bloque de cemento, paredes de carga, cubierto de acerolit y zinc, friso liso, piso de terracota, cercada con bloques de cemento y distribuida de la siguiente manera: Tres (3) habitaciones, Una (1) sala comedor, Un (1)baño, Una (1) cocina empotrada, Un (1) patio, dos (2) puertas de hierro, Cuatro (4) puertas de madera, Tres (3) ventanas de hierro y panorámicas, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casas y solar que es o fue de Erasmo Escalona en 14,10 ml ; SUR: Casa y solar que es o fue de Erasmo Escalona, en 14,10 ml; ESTE: Casa y solar que es o fue de María de Castillo en 7,02 ml; OESTE: Calle 22 su frente, en 7,22 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 01 U01 108 11 13 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 08 de Agosto del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2915/2013.-



El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ