REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, veintinueve de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: UP11-J-2013-001681

SOLICITANTE: JOSE MAURICIO GONZALEZ MARTINEZ y MARIA JOSETH ROJAS PEREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 11.596.562 Y 12.083.209, respectivamente, residenciados en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, av 10, entre calles 5 y 7, Urachiche, estado Yaracuy y en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, calle 8, Av. 8, Urachiche, estado Yaracuy.

ADOLESCENTE. MARIANGEL VIRGINIA.

ABOGADO ASISTENTE: DAYANA ALEGRIA LAMAS PARACO, INPREABOGADO 116.867.

MOTIVO: Divorcio fundamentado en el artículo 185-A.

En fecha 8 de Octubre de 2013, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A, presentados por los ciudadanos JOSE MAURICIO GONZALEZ MARTINEZ y MARIA JOSETH ROJAS PEREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 11.596.562 Y 12.083.209, respectivamente, residenciados en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, av 10, entre calles 5 y 7, Urachiche, estado Yaracuy y en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, calle 8, Av. 8, Urachiche, estado Yaracuy, quienes para el momento de la solicitud están asistidos por la Abg. DAYANA ALEGRIA LAMAS PARACO, INPREABOGADO 116.867, mediante la cual solicitan la disolución del vínculo conyugal contraído por ellos en fecha 14 de Mayo de 1993.

Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:

En fecha 29 de Noviembre de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza Abg. Anilec Silva Camacaro, como secretaria Abg. Teresa Castrillo y el alguacil Yohan Sáez, se anunció el acto ante las puertas del tribunal, haciendo el llamado, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.). Se deja constancia de la no comparecencia de los solicitantes ciudadanos JOSE MAURICIO GONZALEZ MARTINEZ y MARIA JOSETH ROJAS PEREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 11.596.562 Y 12.083.209, respectivamente, residenciados en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, Av. 10, entre calles 5 y 7, Urachiche, estado Yaracuy y en la Urb. Víctor Manuel Jiménez Landinez, calle 8, Av. 8, Urachiche, estado Yaracuy, ni por si, ni por medio de apoderado judicial que los represente, en su condición de representante legal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Visto la incomparecencia de la parte solicitante, sin causa justificada el tribunal declara terminado el presente asunto.

Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:

Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte solicitante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE DIVORCIO FUNDAMENTADO EN EL ARTÍCULO 185-A, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintinueve (29) días del mes de Noviembre de 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro

La Secretaria

Abg. Teresa Castrillo