REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de Octubre de 2013.
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DANIEL EMILIO DIAZ QUIÑONEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.157.257, domiciliado en la Calle 4, entre Avenidas 5 y 6, Comunidad Monte Oscuro, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, REGULO ANTONIO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.559.330, domiciliado en la Avenida 10, entre Calles 4 y 5, La Peñita, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: ERENIA DEL CARMEN HERRERA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.384.034, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Privada, que forma parte de una Mayor Extensión de la Sociedad Anónima “MAYCO”, según Documento Registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bruzual, bajo el Numero 64, folios 1 al 3, Protocolo Primero, Adicional Segundo, de fecha 02 de Diciembre de 1.977; que mide una superficie de QUINIENTOS SEIS METROS CUADRADOS (506.00 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (128.02 Mts2), Ubicado en la Calle 3 Entre Avenidas 1 y 2, Comunidad Nueva Esperanza, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques frisados, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un (01) recibo, un (01) comedor, una (01) cocina, tres (03) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavadero, con cinco (05) puertas: Dos (02) de hierro y tres (03) de madera, con cuatro (04) ventanas, cercada perimetralmente con paredes de bloque, con sus servicios de aguas blancas, electricidad y cloacas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Geral Chávez, 46.00 M; SUR: Casa que es o fue de Lorenzo Delgado, 46.00 M; ESTE: Terreno Privado, 10.00 M; y OESTE: Calle 3 Su Frente, 10.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 116 02 04, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Junio de 2.013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2895-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
EBA/EM/Audry.- Abg. Erlen Martínez.