REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 09 de Octubre de 2013.
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JULIO RAFAEL RIVERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.906.842, domiciliado en la Urbanización el Estadium de Pueblo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, NANCY COROMOTO ZERQUERA ANDRADES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.938.820, domiciliada en el Callejón San José II de Pueblo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano EDGAR ALEXANDER DIAZ ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.443.149, domiciliado en la Calle 7 entre Avenida 1 y Callejón San José, Barrio Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que el solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (167.25 Mts2), con un Área de Construcción de DOCE METROS CUADRADOS (12.00 Mts2), Ubicado en el Callejón San José II, entre Callejón San José I y Avenida I, Comunidad Pueblo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa con Techo de zinc, piso de cemento, paredes de bloques frisado, una (01) puerta de hierro, un (01) dormitorio, instalación de aguas blancas, aguas servidas y luz eléctrica en buen funcionamiento; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Edgar Díaz, 13.00 M; SUR: Casa que es o fue de Familia Nelo, 9.30 M; ESTE: Casa que es o fue de Antinio Mejías, 15.00 M; y OESTE: Callejón San José II Su Frente, 15.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 105 24 23, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 20 de Noviembre de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2835-2013.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA


La Secretaria,


Abg. Erlen Martínez.-


EBA/EM/Audry.-