REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticinco (25) de octubre de (2013)
(203° y 154°)

ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE LECTURA
DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO

En horas de Despacho del día de hoy, veinticinco (25) de octubre del año dos mil trece (2013), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijada por acta de fecha (22-10-2013), para que se lleve a cabo la Audiencia Oral de Lectura de la Dispositiva del Fallo en el Expediente Nº JSA-2013-000228, de conformidad con lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Se anunció el acto en las puertas del Tribunal. Presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, el abogado JOSÉ LUCIANO VITOS SUÁREZ, la abogada MARÍA LUCÍA CAMEJO MORALES y el ciudadano ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Juez Provisorio, Secretaria y Alguacil de este Juzgado, respectivamente; Asimismo, se encuentran presente el abogado Frandy Alexis Colmenarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 121.624, Defensor Público Tercero en materia Agraria, en representación de la parte demandante/apelante, se deja constancia de la no comparecencia de la parte Co-demandada, ni de su representación judicial. En este estado el ciudadano Juez, expone: “Ciudadana Secretaria sírvase dar lectura del motivo de la presente audiencia”. Seguidamente, la Secretaria expone: “Ciudadano Juez, se le informa que la presente audiencia oral se celebra en la causa signada con el número JSA-2013-000228, con motivo del RECURSO DE APELACIÓN ejercido en el juicio (ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA), a los fines de pronunciar la Dispositiva del Fallo de conformidad con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”. Seguidamente expone el Juez: “Conocido el motivo, por favor sírvase dar lectura de las partes que se encuentran presentes en la Audiencia”. Seguidamente, expone la Secretaria: “Se encuentran presentes en la Sala el abogado Frandy Alexis Colmenarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 121.624, Defensor Público Tercero en materia Agraria, en representación de la parte demandante/apelante”. Toma la palabra el ciudadano Juez, expresando se procede a dictar la Dispositiva del Fallo en los términos siguientes: -DISPOSITIVA- Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la ciudadana MARY YAMILET MORA GALINDEZ, suficientemente identificada en autos. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha (21-06-2013), por la representación judicial de la ciudadana MARY YAMILET MORA GALINDEZ, suficientemente identificada, contra la decisión emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha (28-01-2013).
TERCERO: En virtud de los particulares anteriores, en los términos de esta Alzada SE CONFIRMA la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha (28-01-2013) que declaró “SIN LUGAR la presente…ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO” intentada por la ciudadana MARY YAMILET MORA GALINDEZ contra los ciudadanos JEAN LUGO y ALI OCHOA, todos suficientemente identificados en autos. CUARTO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. QUINTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia. Posteriormente, el Juez informa que el texto íntegro del fallo se publicará dentro de los diez (10) días continuos siguientes a la presente fecha (25-10-2013). Finalmente, el Juez declara terminado el acto siendo las diez y cinco minutos de la mañana (10:05 a.m.), el Juez da por concluida la audiencia de la cual se dejó constancia en grabación audiovisual, y ordena reproducir la misma en disco compacto (CD) para anexarla al presente expediente; se retira el ciudadano Juez al igual que los intervinientes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,


LA SECRETARIA,



EL ALGUACIL,


REPRESENTANTE DE LA PARTE
DEMANDANTE/APELANTE







EXPEDIENTE Nº JSA-2013-000228
JLVS/MLCM/ls