REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
YARACUY.
San Felipe, 07 de Agosto del 2.014.
Años: 204° y 155°



Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, WILMA GICELA MARTÍNEZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-7.582.482 y domiciliada en Valle Verde calle 03 casa s/n Marín, del Municipio San Felipe, estado Yaracuy y PEDRO JOSMAEL ALMEIDA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-20.466.823 y domiciliado en Nuevo Marín calle 07 casa N° 10, del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano LEONARDO JAVIER SAAVEDRA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-21.531.154, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicada en Nuevo Marín sector II, final de la calle 9 con transversal 7, Parroquia San Javier, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, sobre las cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio; en un área de terreno que mide aproximadamente Doscientos Veinticinco metros cuadrados (225,00 MTS2), con un área de construcción que mide aproximadamente Veinte metros cuadrados (20,00 MTS), y comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: Terreno municipal, con 15,00 metros lineales; Sur: Calle principal, con 15,00 metros lineales; Este: Terreno municipal, con 15,00 metros lineales, y Oeste: Terreno ocupado por Germayn Almeida, con 15,00 metros lineales; bienhechurías consiste en rancho de bahareque y techo de zinc, piso de cemento, cercada totalmente en estantillos de madera y alambre de púa; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA.
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.







Exp. Nº 401-14