REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 5 de agosto de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas MARIBEL COROMOTO VILLEGAS GUTIÉRREZ y FELICITA ELENA MARTÍNEZ DE ALMEIDA, venezolanas, mayores de edad, hábiles en derecho, la primera domiciliada en el Sector Marín, avenida Amadeo Saturno, entre calles seis (6) y siete (7), municipio San Felipe, estado Yaracuy, la segunda domiciliada en la calle siete (7), Urbanización Nuevo Marín, Sector II, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.273.116 y 7.505.958, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana HILMA GREGORIA HENRÍQUEZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en la avenida Amadeo Saturno, casa Nº 481, entre calles siete (7) y ocho (8), Parroquia San Javier, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.964.414, asistida por la abogada ANDRYS YOSELYN FERNÁNDEZ PADRÓN, inscrita en el Inpreabogado según matrícula Nº 151.713; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en Nuevo Marín, sector II, vereda siete (7), Parroquia San Javier, municipio San Felipe, estado Yaracuy; que mide en su totalidad ciento cincuenta y cinco metros cuadrados (155,00 m2); las cuales consisten en: una (1) cerca construida con bloques sin frisar; y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: calle 7 que es su frente, con 10,00 metros lineales; Sur: solar de Adela López, con 10,00 metros lineales; Este: solar y casa de Juan Henríquez, con 15,50 metros lineales; y Oeste: casa y solar de Elice Vázquez, con 15,50 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (8) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Exp. N° 2.219-14/RMGM/AJRR/myro.