REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
San Felipe, 18 de diciembre de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana BORGELINA DEL CARMEN ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la urbanización Vista Alegre, sector III, calle 19, casa Nº 013, la Villa, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.583.587; y el ciudadano RAMÓN ISIDRO VALENZUELA QUIRÓZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Barrio El Samán, calle 35, casa Nº 34-1, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.909.570, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; SE DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de LUÍS ANTONIO GUEDEZ NUÑEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 20.467.333; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana CLESYS JOSEFINA GUEDEZ NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho; y titular de la cédula de identidad número 6.449.354, asistida por la abogada OLINDA GAMEZ, inscrita en el Inpreabogado según matrícula número 68.466. Se dejan salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del tribunal
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
Exp. N° 2.369-14/RMGM/AJRR/cmgl.