REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 13 de Enero de 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CARMEN MARIA MONTERREY EVIEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.515.840, domiciliada en la Comunidad de Guatanquire II, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, RAUL EDUARDO MOTA JIMENES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.450.380, domiciliado en la Urbanización Daniel Carias, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: LOURDES RAMONA PARRA DE TOVAR, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.966.690, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (480.31 Mts2), con un Área de Construcción de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS (54.92 Mts2) Ubicado en la Avenida 4 entre Calles 11 y 12, Comunidad Guatanquire, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa con techo de zinc, piso de cemento pulido, paredes de bloques y adobe frisado, una (01) puerta de madera, una (01) ventana, un (01) dormitorio, una (01) cocina, una (01) sala, un (01) baño, instalación de aguas blancas, aguas servidas y luz eléctrica en buen funcionamiento; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de María Lombardi, 10.70 M; SUR: Avenida 4 Su Frente, 10.70 M; ESTE: Casa que es o fue de Lourdes Parra De Tovar, 43.80 M; OESTE: Casa que es o fue de Antonio Lugo, 45.50 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AUR 101 43 16, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 29 de Mayo de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2990-2013.-

El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
AA.- Abg. Erlen Martínez.