REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL


JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 21 de Enero del 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EFRAIN CONCEPCION RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.091.225 y domiciliado en la Comunidad de Pueblo Nuevo Calle 7 Callejón la Sabana Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUAN RAMON ROJAS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.171.510 y domiciliado Callejón la Sabana de Pueblo Nuevo Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: ROSA MAGDALENA GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 13.313.071 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en el Callejón La Sabana 2 entre calle 7 la Sabana 1, Comunidad Pueblo Nuevo, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno que mide una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS ( 266,99 mts2), y con un Área de construcción de CIENTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 138,77 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una (1) Casa, construida con paredes de de bloque frisados, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuido de la siguiente manera: Un (1) porche, Una (1) sala con una puerta de hierro y Una (1) ventana tipo panorámica de vidrio con aluminio y protector de hierro, Una (1) cocina con Una (1) ventana panorámica de vidrio con aluminio y protector de hierro, tres (3) habitaciones con ventanas de bloques de ventilación, Un (1) baño con una (1) puerta de hierro y ventanas de bloques de ventilación y Un (1) corredor de enrejillado de hierro con Una (1) puerta de hierro, cercada perimetralmente con paredes de bloque con sus servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Callejon la Sabana 2 su frente, en 8.70,00 ml ; SUR: Casa que es o fue de Natanael Agüero, en 8.90,00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Teofilo Rivero, en 30,40 ml; OESTE: Casa que es o fue de Ninosca Gomez, en 30,45 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 01 AU 105 27 11 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 21 de Octubre del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3034/2014.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ

Cy.-