REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 15 de Enero de 2014
Años: 203° y 154°
Exp. Nº 1773-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano EDSER RAFAEL BARRETO ASUAJE, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas: RAILETH YOHANNA SAAVEDRA VALDERRAMA y LENNYS DEL CARMEN MORILLO BOLIVAR, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.483.890 y V-10.377.790 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: EDSER RAFAEL BARRETO ASUAJE, titular de la cédula de identidad N° V-9.441.787, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, que según Mensura Catastral, expedida por la Dirección de Catastro y Tierras, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, en fecha: 15 de Noviembre de 2013, dicho terreno está signado con el Código Catastral Actual N°: 22-06-00-U01-008-005-002-001-000-000, siendo el área de terreno de CIENTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (177,38 MTS2); ubicado en la Carrera 05-A entre Carreras 05-A y Calle 07, Urbanización Pura Flores de Loreto, Barrio Copa Redonda, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: En una línea de nueve metros con setenta centímetros (9,70 Mts) con la carrera 05-A, que es su frente; SUR: En una línea de nueve metros con ochenta y tres centímetros (9,83 Mts), con parcela y vivienda ocupadas por el ciudadano: Clemente Tovar y parcela y vivienda ocupadas por la ciudadana: Juana Arredondo; ESTE: En una línea de dieciocho metros con cuarenta y cinco centímetros (18,45 Mts) con parcela y vivienda ocupadas por la ciudadana: Maheli Landaeta; y OESTE: En una línea de diecisiete metros con noventa centímetros (17,90 Mts), con parcela y vivienda ocupadas por la ciudadana: Mireya Vilaro. Las referidas bienhechurías consisten en una casa, construida con paredes de bloques, techo de placa y tejas y piso de cemento, y consta de una (1) jardinera, una (1) sala recibo, una (1) cocina comedor, dos (2) dormitorios, una (1) sala de baño, un (1) lavadero y un (1) garaje, con un área de construcción de: CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (49,55 MTS2). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (09) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
La Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 09 del expediente distinguido con el Nº 1773-2014. Urachiche, a los QUINCE (15) días del mes de Enero de 2013.-
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
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