REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 17 de Febrero del 2014 Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: : JOSE LUIS BARCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.583.783 y domiciliado en la Avenida 14 con calle 16 y 17 de la Comunidad de la Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y OMAR OSWALDO SILVA LIZCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.854.375 y domiciliado en la Comunidad de Pozo Nuevo, calle 13 entre avenidas 13 y 14, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano WILLIAN TORREALBA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.501.332 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que mide una superficie de TRESCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS ( 307,72 mts2), en un área de construcción de CIENTO OCHO METROS CUADRADO CON SIETE CENTIMETROS ( 108,07 Mts2), ubicado en la Calle 22 entre Callejón Luis León Arocha y Callejón Los Cedros Comunidad Ezequiel Zamora, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa de forma media agua, techo de zinc, paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro, sistema de agua potable y aguas servidas, red de energía y luz eléctrica, distribuida así: Sala, comedor, cocina, Un (1) baño, Cuatro (4) habitaciones, Dos (2) anexos, cercada con paredes de bloques de cemento y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Eleodoro Palmero Pacheco en 18,65 ml; SUR: Casa que es o fue de Arcadia Ordoñez en 18,65; ESTE: Casa que es o fue de Fernando Vargas en 16,50 ml OESTE: Calle 22 su frente en 16,50 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 U01 107 58 12 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 08 de Noviembre del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3091/2014.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-