REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 03 de Febrero de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELOINA COROMOTO MENDOZA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.966.338, domiciliada en la Comunidad Los Bolivarianos de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, NURY ELENA CASANOVA MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.369.416, domiciliada en la Calle 9 de la Comunidad Los Bolivarianos de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: MARGO JUAQUINA CASTELLANO HERRERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.364.605, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Privada, que forma parte de una Mayor Extensión Propiedad de Inversiones y Construcciones ROLCA C.A., según Documento Nº 64, Folios 179 al 180, Protocolo Primero, Adicional Segundo, Oficina Subalterna del Municipio Bruzual, Estado Yaracuy de fecha 09/11/1.992; que mide una superficie de 148.20 Mts2, con un Área de Construcción de 35.96 Mts2, Ubicado en la Calle 8 entre Calle Principal y Vereda 2, Comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de cemento rustico, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con seis (06) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Carlos Fernández, 12.20 M; SUR: Casa que es o fue de Joselin Morón, 12.50 M; ESTE: Calle 8 Su Frente, 12.00 M; OESTE: Casa que es o fue de Yohana Mendoza, 12.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AUR 113 46 15, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 23 de Enero de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3060-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
AA.- Abg. Erlen Martínez.