REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 05 de Febrero del 2014 Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ANIS VALENTINA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.273.941 y domiciliada en la Comunidad de Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y LIBIAN MARCHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.964.709 y domiciliada en la Comunidad de Sabana Larga Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: ROSANGELINA LOPEZ FALCON, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 14.336.744 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal ubicado en la vereda sin nombre entre Callejón las Guasimas y vía Agrícola Comunidad Sabana Larga, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno que mide una superficie de CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS ( 187,50 mts2), con un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS ( 42,00 mts2) dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una (1) casa de una (1) sola pieza, construida con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de tierra, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cinco (5) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar de Alexander Jiménez, en 15,00 ml ; SUR: Casa y solar de la Familia Díaz, en 15,00 ml; ESTE: Vereda de acceso su frente en 12,50 ml; OESTE: Casa y solar de la Familia López Rea, en 12,50 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 01 U01 122 10 63 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 31 de Julio del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3061/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-