REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, recibida directamente, suscrita y presentada por la ciudadana: LEYDIS CLARETH FONSECA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.859.808; así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanos: MARCO ARGENIS MOGOLLÓN GIMÉNEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.985.192, domiciliado en: Barrio Las Madres, Calle Principal, dos casas más debajo de la mata de mango, Municipio Independencia del Estado Yaracuy y PASCUAL BALLON SILVA RIVERO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.474.625, domiciliado en: Las Tapias, Sector I, Calle 3, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; donde requieren de este Tribunal que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles sus derechos, sobre unas mejoras y bienhechurías construidas en un terreno propiedad Municipal, ubicado en: Calle Principal Higuerón, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de la ciudadana Solange Piña con 38,10 Metros Lineales; SUR: Con Casa y solar que e so fue de la ciudadana María Leonor Rodríguez con 38,10 Metros Lineales; ESTE: Calle principal de Higuerón que es su frente con 9,27 Metros Lineales; y OESTE: Río Yurubi con 9,27 Metros Lineales; para un área aproximada de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON DIECIOCHO METROS CUADRADOS (353,18 MTS2), con un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON VEINTICINCO METROS CUADRADOS (149,25 MTS2); éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara estas actuaciones TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: LEYDIS CLARETH FONSECA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.859.808 y de sus hijos LEYDIMAR CAMACHO FONSECA y WILLIAMS JOSE CAMACHO FONSECA, titulares de la Cédula de Identidad N° V-19.455.512 y V-20.888.928, respectivamente; sobre las bienhechurías, que aparecen descritas en la solicitud a que se contrae el presente decreto, sin perjuicios de terceros de iguales ó mejores derechos, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-
EL JUEZ,
ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZALEZ A.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se publico el anterior Decreto siendo las 11:00 horas de la mañana.-
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZALEZ A.