REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, recibida directamente, suscrita y presentada por la ciudadana: MARYOLY DEL CARMEN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.674.989; así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanos: MARIELBI CAROLINA RÍOS GÁMEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.614.542, domiciliada en: Urbanización Francisco de Miranda, Calle Principal con calle 3, Sector Marincito, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y YULEIMA DEL VALLE LUZARDO BONILLA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.484.335, domiciliada en: Urbanización Valles del Yurubi, Calle 3, Casa N° 183, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; donde requieren de este Tribunal que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles sus derechos, sobre unas mejoras y bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Instituto nacional de Tierras (INTI), ubicado en: Calle Principal Marincito entrada Las Tinajas, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Paula Silva, con 20,00 metros lineales; SUR: Urbanización Las Tinajas, con 20,00 metros lineales; ESTE: Callejón Las Flores, con 11,50 metros lineales; y OESTE: Calle Principal, con 11,50 metros lineales; para un área aproximada de DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (230,00 MTS2), con un área de construcción de DOCE METROS CUADRADOS (12,00 MTS2); consistente en: Una casa tipo rancho, con paredes de prefabricado y techo de zinc, constante de un (1) dormitorio, totalmente dotado de los servicios de aguas blancas y negras y electricidad; éste JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara estas actuaciones TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: MARYOLY DEL CARMEN GONZALEZ, antes identificada; sobre las ampliaciones realizadas a las bienhechurías, que aparecen descritas en la solicitud a que se contrae el presente decreto, sin perjuicios de terceros de iguales ó mejores derechos, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- San Felipe a los Siete (07) días del mes de Julio de 2.014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZALEZ A.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se publico el anterior Decreto siendo las 11:20 horas de la mañana.-
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZALEZ A.