REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 8 de julio de 2.014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana ILIANNE MARILIN SEQUERA LOYO, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, domiciliada en calle 3, entre 3era y 4ta avenida, casa Nº 3-28, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 20.467.570; y el ciudadano WUILIAN JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, hábil en derecho, domiciliado en Las Tapias, calle la Canal, casa Nº 30, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.508.092, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; SE DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes para asegurar el derecho de propiedad a favor del ciudadano JESÚS ALEJANDRO GUEDEZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº 12.724.118, asistida por la abogada Esmeralda Rambock, inscrita en el Inpreabogado según matrícula Nº 9.042; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propio, ubicado en la 2da avenida, cruce con calle 4, municipio San Felipe, estado Yaracuy; que mide en su totalidad doscientos setenta y cuatro metros cuadrados con noventa y tres centímetros cuadrados (274,93 m2); las cuales consisten en tres (3) anexos cuyos linderos, medidas y determinaciones constan en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veinticuatro (24) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Andreina J. Rodríguez R.
Exp. N° 1.922-13/RMGM/AJRR/cmgl.