REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 9 de julio de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: TERESA DE JESÚS GIRÓN GOMÉZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el sector Nuevo Marín con vereda diecinueve (19) y veinticuatro (24), casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 7.346.558 y REINA YOSIMAR SAAVEDRA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la segunda (2da.) avenida, Sector Luisa Cáceres de Arismendi, manzana B-25, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 19.614.011, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad a favor de la ciudadana NEYBI YANET ARANDIA, venezolana, mayor de edad, soltera; domiciliada en Nuevo Marín, Sector II, vereda sin nombre, Parroquia San Javier, Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 10.915.625, asistida de la abogada ANDRYS YOSELYS FERNÁNDEZ PADRÓN, inscrita en el Inpreabogado según matrícula N° 151.713, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno municipal, ubicado en nuevo Marín, Sector II, vereda sin nombre, Parroquia San Javier Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; que mide en su totalidad ciento noventa y tres metros cuadrados con noventa centímetros cuadrados (193,90 m2); las cuales consiste en una (1) cerca de estantillos de madera y alambres de púas, con todo los servicios públicos; y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: Solar de Francisco Valenzuela, con 15,00 metros lineales; Sur: Solar de la casa de Mileidi Reverón, con 15,00 metros lineales; Este: Casa y solar de la casa de Neybi Arandia y vereda sin nombre de por medio, con 12,90 metros lineales; y Oeste: Canal de aguas de lluvias, con 12,90 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria Accidental,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria Accidental,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
Solic. N° 2.208-14mcsm