REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 10 de Julio de 2014
Años: 204° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ANAYIVE JIMENEZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-9.135.310, domiciliada en la Calle 4 entre Avenidas 13 y 14, Comunidad La Peñita, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, ORLANDO ANTONIO GARCIAS TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.905.620, domiciliado en la Calle 9 con Avenida 2, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: JUANA DE DIOS MARTINEZ HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V-817.753, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de TRESCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS (317.09 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (193.50 Mts2), Ubicado en la Calle 9, Esquina Avenida 2, Comunidad Guatanquire, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa tipo vivienda y un (01) local, construido con paredes de bloques, techo de platabanda, piso de granito, distribuida de la siguiente manera: Un (01) baño, tres (03) habitaciones, cocina, sala – comedor, paredes en todo su contorno, puertas y enrejados de hierro, servicios de aguas blancas, aguas negras y acometida eléctrica; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Manuel Espinoza, 18.20 M; SUR: Avenida 2, 19.00 M; ESTE: Calle 9 Su Frente, 15.50 M; OESTE: Casa que es o fue de José Gregorio Rodríguez, 18.81 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AU1 105 09 09, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Junio de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3333-2014.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria

Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.