REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 16 de Julio del 2014 Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GABRIEL EFRAIN DIAZ JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.652.645 y domiciliado en la Comunidad de Altos del Rio, Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y PEDRO RAFAEL BRACHO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.074.708 y domiciliado en la calle Principal de Alto del Rio, Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana OBDULIA MERCEDES TOVAR ROJAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 6.016.419 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti y mide una superficie de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1.480,00 mts2), en un áreas de construcción de VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25,00 mts2) ubicado en la Vereda 6 esquina Calles 2, Comunidad Alto del Rio Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa de Una (1) sola pieza, construida con paredes de bloque frisado, techo zinc, piso de tierra, con Una (1) puerta de madera, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con empalizadas construidas con estantillos de madera viva y muerta con Tres (3) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vereda 6 en 37,00 ml; SUR: Terreno que es o fue de Nuramis Riera en 37,00 ml; ESTE: Calle 2 su frente en 40,00; OESTE: Terreno que es o fue de Yosbeida Peralta, en 40,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 02 R2 117 20 28 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 21 de Mayo del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3340/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-