REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 07 de Julio de 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MAYRA ELDILURIS PARRA BURGOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-16.974.343, domiciliada en la Urbanización Nueva Esperanza, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, NESTOR DE JESUS SANCHEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-3.880.124, domiciliado en la Comunidad Nueva Esperanza, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: ISABEL MARIA PANTOJA OSPINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.571.749, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Privada, que forma parte de una mayor extensión de la Sociedad Anónima MAYCO, según Documento Registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bruzual, bajo el Numero 64, Folios 1 y 3, Protocolo Primero, Adicional Segundo, de fecha 02/12/1.977; que mide una superficie de TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (392.13 Mts2), con un Área de Construcción de QUINCE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (15.75 Mts2), Ubicado en la Calle 3 Entre Avenidas 2 y 3, Comunidad Nueva Esperanza, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de tierra, con una (01) puerta de madera de entrada y de salida, cercada perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con dos (02) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Misean de Rangel, 37.70 M; SUR: Casa que es o fue de Isidra Sequera, 38.10 M; ESTE: Terreno Privado, 9.70 M; OESTE: Calle 3 Su Frente, 11.00 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 116 02 09, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 25 de Julio de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3312-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.