REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2013-000198
PARTE DEMANDANTE CANDIDO RUBEN CHAVEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. v- 4.478.798
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA JOSE LUIS OJEDA y VANESA QUERACUTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.594 y 152.533.
PARTE DEMANDADA DISTRIBUIDORA JENNIBER, C.A y solidariamente COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA YARISOL FIGUEIRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 40.560.
APODERADO DE LA SOLIDARIAMENTE DEMANDADA JAVIER DARIO ZERPA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 73.874.
En el día de hoy jueves cinco (5) de junio del año dos mil catorce (2014), siendo las once (11:00a.m.), de la mañana, hora fijada para la Prolongación de la audiencia preliminar, anunciado como ha sido el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el expediente Nº UP11-L-2013-000198, nomenclatura de este Juzgado, contentivo de la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano CANDIDO RUBEN CHAVEZ QUINTERO, contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA JENNIBER y solidariamente COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano CANDIDO RUBEN CHAVEZ QUINTERO debidamente representado por los abogados VANESSA QUERECUTO y JOSE LUIS OJEDA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 152.533 y 95.594 respectivamente. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado CARLOS EDUARDO ARANGO ANDUEZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.639 en su condición de Apoderado Judicial de la empresa demandada DISTRIBUIDORA JENNIBER, de igual manera se deja constancia de la comparecencia del abogado JAVIER DARIO ZERPA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.874,en su condición de apoderado judicial de la solidariamente demandada COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA. Constituido como se encuentra el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Jueza BERTHA FERNANDEZ MARCANO, declara abierto el acto y da inicio a la Prolongación de la Audiencia Preliminar. Seguidamente le fue concedido el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora y demandada quienes manifestaron que durante este tiempo no han logrado llegar a un acuerdo. Ahora bien, de una revisión minuciosa de las actas que integran el presente asunto se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el dispositivo normativo 136 de la ley adjetiva laboral; en consecuencia, este Juzgado da por concluida la presente prolongación de la Audiencia Preliminar. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena agregar a los autos los medios de pruebas presentados por ambas partes en la instalación de la audiencia preliminar de la siguiente manera: Parte actora: Escrito de promoción de pruebas constante de seis (6) folios útiles, y doscientos cuatro folios útiles como medios probatorios. Parte demandada: Escrito de promoción de pruebas constante de cuatro (4) folios útiles y su vuelto y ciento un (101) folios anexos como medios probatorios. Parte Solidariamente demandada: Escrito de promoción de pruebas, constante de catorce (14) folios y doscientos cuarenta y seis (246) folios anexos. Quedando así abierto el lapso establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la contestación de la demanda. Finalmente, la Ciudadana Jueza ordenó la lectura integra de la presente acta, quedando los asistentes debidamente notificados de su contenido.
Se hacen dos (2) ejemplares a un mismo tenor y un solo efecto en la ciudad de San Felipe, a los cinco (5) día del mes de junio del año 2014.
LA JUEZA,
BERTHA FERNANDEZ MARCANO
EL SECRETARIO,
RUBEN ARRIETA
APODERADA JUDICIAL DE LA ACTORA,
Abg. VANESSA QUERECUTO,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA,
Abg. CARLOS EDUARDO ARANGO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE SOLIDARIAMENTE DEMANDA,
Abg. JAVIER DARIO ZERPA
CIUDADANO
CANDIDO RUBEN CHAVEZ QUINTERO
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