REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 12 de Junio del 2014 Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: ANTONIO COROMOTO MALDONADO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.479.550 y domiciliado en la Avenida 8 entre Calle 16 y 17 Comunidad de Barrio centro de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y JUAN RAMON IGLESIAS CUICAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.147.974 y domiciliado en la Avenida 10 entre Calle 17 y 18, casa Nº 17-63 de Barrio Centro Chivacoa Municipal de la Comunidad de San Ramón Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUAN DE JESUS FIGUEROA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 3.458.489 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, y mide una superficie de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (73,20 mts2), con un área de construcción de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (36,94 mts2), ubicado en la Calle 17 entre Avenida 9 y 10, Comunidad Centro Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa, Construida con paredes de bloque frisados, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala con su puerta de entrada de hierro y Una (1) ventana tipo persiana con protectores de hierro, Una (1) cocina con una (1) puerta trasera de hierro, Tres (3) habitaciones solo una con puertas de madera, ventana tipo persiana con protector y un baño (habitación principal), Un porche con un protector sellado con fachada a medio bloque y enrrejillado, con todos sus servicios, aguas blancas, electricidad y Aguas Servidas, totalmente cercada con paredes de bloques solo norte y sur le pertenece y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Julia Donaire en 12,20 ml; SUR: Casa y solar que es o fue de Dominga Rodriguez en 12,20; ESTE: Calle 17 su frente en 6,00 ml OESTE: Casa y solar que es o fue de Julia Aldana en 6,00 ml; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 03 01 AU 102 06 07 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Mayo del año 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3265/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-