REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 26 de Marzo de 2014
Años: 203° y 155°
Exp. Nº 1817-2014.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por la ciudadana FELINOR PEREZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos JOSE GERMAN PRADO y JULIAN ANTONIO QUERALES DURAN, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.081.341 y V-4.125.072 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: FELINOR PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.504.915, sobre unas mejoras y bienhechurías que son complemento de la obra descrita en Documento de Propiedad, inscrito por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez del Estado Yaracuy, bajo el N°: 05, folios: 20 al 23, Protocolo Primero, Segundo Trimestre, en fecha: 10 de Abril de 2001, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, bajo Regularización de Tenencia, según Decreto N° DA-2011-004, de fecha: 04 de Febrero del 2011, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 586, de fecha: 14 de Febrero del 2011, siendo su ubicación, medidas y linderos actualizados, según Certificación de Ocupación de Terreno y Bienhechuría, expedida por la Alcaldía del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, N°: D.C.M-B 056/2014, en fecha: 25 de Febrero de 2014, con área total de terreno de OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (876,80 MTS2); ubicado en la Calle 8, entre Carreras 5 y 6, Sector Curazao II, Jurisdicción del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con la carrera 6; SUR: Con terreno y bienhechurías que son ocupados por la ciudadana: Antonia Sequera; ESTE: Con la Calle 8, que es su frente; y OESTE: Con terreno y bienhechurías que son ocupados por la ciudadana: Juana Rojas. Las referidas mejoras y bienhechurías consisten una casa, cuyas características son las siguientes: Paredes de bloques, techo de platabanda y piso de cemento pulido, y consisten en dos (2) dormitorios y un (1) garaje; con un área total de construcción de DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS CUADRADOS (214,14 MTS2). Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;

La Secretaria,


Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de TRECE (13) folios útiles.
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.-

MTSL/aaag.-




La Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 13 del expediente distinguido con el Nº 1817-2014. Urachiche, a los VEINTISEIS (26) días del mes de Marzo de 2014.-
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.