REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 25 de Marzo de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la comparecencia de los ciudadanos: PAUSIDES ARMANDO MONTERO CUEVAS y CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-13.775.342 y V-14.843.484 respectivamente, domiciliados en el Asentamiento Campesino Yamaro I y II Signada con el número 8, Sector los Horcones Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, donde reconocen el contenido y firma del documento de que el tribunal les puso a la vista, en consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Legalmente Reconocido el Documento Privado que acompaña la presente Solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.364 del Código Civil Venezolano Vigente, asimismo este documento tiene la fuerza probatoria de público de acuerdo al artículo 1.363 Código Civil Venezolano Vigente. Del mismo modo evacuada como ha sido la presente solicitud se acuerda devolver Original de todo lo actuado al solicitante, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada por la secretaria del despacho. Désele salida en el Libro respectivo y tómese razón en el Diario.
El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez.

Abg.EBA/EM/gc
Solicitud Nro. 3141-2014