REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 07 de Marzo del 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ERASMO DURAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.648.288, con domicilio en La Comunidad de José Félix Ribas de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CLEMENTE SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.571.275, con domicilio en el Final de la Calle Los Leones de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano RAMON ALMITRIO MOLINA VASQUEZ, Venezolano, Titular de la cedula de identidad Nº 3.960.920; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (Inti) que mide CIENTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS ( 178,42,10 mts2), en un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS ( 143,42 Mts2), Ubicada en la Calle Los Leones entre avenidas 1 y 2 de la Comunidad de Bicentenario de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloques frisadas, techo de platabanda y una pequeña parte de acerolit, piso de cerámica y cemento pulido, distribuida en Una cocina empotrada y comedor, dos habitaciones, dos baños, un solar con piso de cemento rustico y alcantarillas, cuatro ventanas con sus protectores, dos puertas de hierro, un garaje techado, cercada con paredes de bloques y en el frente un enrejillado con sus servicios de electricidad, aguas blancas, cloacas y teléfono; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Lucia de Ferrer en 18.12 ml; SUR: Casa que es o fue de Aura Coromoto González en 17.19 ml; ESTE: Casa que es o fue de Víctor Ferrer en 9.78 ml; OESTE: Calle los Leones su frente en 10.45 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AUR-113-06-18, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 28 de Enero del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3110/2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-