REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 2 de mayo de 2014.
204º y 155º


ASUNTO: UP11-J-2014-000360


SOLICITANTES: Ciudadanos, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 13.986.092 y 13.986.185 respectivamente.


MOTIVO: DIVORCIO (185-A)

En fecha 25 de febrero 2014, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del código civil, interpuesto por los ciudadanos datos omitidos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 13.986.092 y 13.986.185 respectivamente. Se admitió la presente demanda el día 5 de marzo de 2014 y se fijó la audiencia de evacuación de pruebas, para el día 25 de abril de 2014, a las a las 10:00 a.m. y se prolongó para el día 2 de mayo de 2014, a las 11:00 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la incomparecencia de los ciudadanos datos omitidos, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 13.986.092 y 13.986.185 respectivamente.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los dos (2) días del mes de mayo de 2014. Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Juez,

Abg. BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ

La Secretaria,

Abg. WENDY BETANCOURT