REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE EL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 05 de mayo de 2014
Años: 204° y 155°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: RAMIREZ AULAR ROYAIKO EDUARDO venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 17.256.216, domiciliado en el bloque 14 apartamento 00-06, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, CRUZ ANTONIO VELOZ LUCENA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-17.698.344, domiciliado en la calle 15 entre 17 y 18 sector el Casabe, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, respectivamente, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponden a los ciudadanos: CEDEÑO RIVAS NANCY ROCIO, MORA ORTEGA DIGNA MILAGROS y MORA ORTEGA RAFAEL ALEJANDRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-24.808.329, V-15.768.448 y V-22.318.143, concubina la primera e hijos del ciudadano: MORA VARGAS RAFAEL ANTONIO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-6.069.794, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
EL JUEZ,
ABG. CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA,
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA GONZALEZ
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA GONZALEZ