REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de mayo de 2014.
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana: ELENA MERCEDES SANABRIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número 8.517.969, domiciliada en la Ceibita, calle principal, casa número 6, municipio Independencia, estado Yaracuy; y la ciudadana: MARIA ALEJANDRA ESCUDERO PIÑA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad número 16.592.582, domiciliada en el conjunto residencial San Antonio, calle principal, casa número 1-P, municipio San Felipe, estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derecho, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana TOMASA GUTIÉRREZ DE HERRERA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.567.656; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos IRVING ANDRÉS FUENTES GUTIÉRREZ y DOUGLAS ANTONIO HERRERA GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.124.606 y 7.576.128 respectivamente, asistidos por el abogado Rafael Antonio Álvarez Cuevas, inscrito en el Inpreabogado con el número 159.681. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de once (11) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Exp. Solicitud. 2.143/14/RMGM/AJRR/cmgl.