REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 21 de mayo de 2.014
Años: 204º y 155º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, la ciudadana AMALIA LUCIA CONDE FREITEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el sector Caja de Agua, avenida Sucre, casa Nº veinte (20), municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.479.322; y el ciudadano MARIO RENÉ VESGA PRIETO, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la calle 28, con esquina de la avenida 9, casa Nº 8-28, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.944.540; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana YASMAI ESTRELLA PALUMBO TORREALBA, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la calle 28, esquina avenida 9, casa Nº 8-27, municipio Independencia, estado Yaracuy; titular de la cédula de identidad Nº 10.789.759; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana ALEJANDRA JOSÉ URBANO PALUMBO, venezolana, soltera, mayor de edad, domiciliada en la calle 28, esquina avenida 9, casa Nº 8-27, municipio Independencia, estado Yaracuy; titular de la cédula de identidad Nº 23.575.136; asistida por la abogada TANIA YULIEL MUJICA ORELLANA, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 173.234 y de este domicilio. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 2.156-14, a la solicitante y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez Temporal,

Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,

Andreina J. Rodríguez R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Andreina J. Rodríguez R.





Exp. N° 2.156-14/RMGM/AJRR/jasc.