REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 15 de Mayo del 2014
Años: 203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos YRAIMA OSORIO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.918.639, con domicilio en La Comunidad dela Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CARMEN LOBATON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.581.121, con domicilio en la Comunidad de La Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana CARMEN CELINA PINTO AGATON, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 5.465.057; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio que mide TRESCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON OCHO CENTIMETROS ( 303,08 mts2), en un área de construcción de NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS ( 92,21 Mts2), Ubicada en la avenida 12 entre calles 4 y 5 de la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloques frisados, techo de acerolit y zinc, piso de cemento pulido, distribuida en Una sala con una puerta de hierro, dos ventanas de hierro con protector, una cocina con una ventana de hierro y protector, una puerta trasera de hierro, tres habitaciones con dos puertas de hierro y un baño, cercada perimetralmente con paredes de bloques y con sus servicios de electricidad, aguas blancas y aguas servidas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 12 su frente en 9.32 ml; SUR: Casa que es o fue de Ramona González en 8.35 ml ml; ESTE: Casa que es o fue de José Hernández en 34.32 ml; OESTE: Casa que es o fue de Gregoria Peroza en 33.20 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AU-103-39-04, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Septiembre del año 2012. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3207/2014.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez


EBA/EM/klency.-