REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 26 de Mayo del 2014 Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ANGEL JOSE TIMAURE ROMERO , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.703.987 y domiciliado en la Vereda 1, casa Nº 6 de la Urbanización San Antonio de la Comunidad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y BILDELIMAR COROMOTO QUIÑONEZ TIMAURE , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.540.767 y domiciliada en la Vereda 1, casa Nº 3 de la Calle 2 de la Urbanización San Antonio de la Comunidad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ELENA JOSEFINA ARENAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.502.792 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno privado, (Sucesión Hernández Rondón); que mide una superficie de TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (320,00 mts2), con un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42,00 mts), ubicado Avenida 11 Esquina calle 2 Sector Los Proceres Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa de una (1) sola pieza, construida con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento rustico, con Una (1) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente dichas bienhechurías, lado norte y oeste con bloque y el resto con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con Cuatros (4) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad, comprendida dentro de los siguientes linderos : NORTE: Avenida 11 en 13,00 ml; SUR: Casa que es o fue de Mildoris Barrios L. en 13,00; ESTE: Casa que es o fue de Ambar Rojas en 20,00 ml OESTE: Calle 2 en 20,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 R01 120 75 01 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 19 de Junio del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 3215/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-