REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 12 de noviembre de 2.014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas NIGERIA YUSTIZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.460.586, domiciliada en la Urbanización Nuevo Marín, sector II, La Conquista, casa Nº 12, Marín, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; y ZULEIBI ROSALI GARCIA CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.759.444, domiciliada en Nuevo Marín, vereda 20, casa Nº 10, Marín, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, In
dependencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana Yuleima Cristina Gutiérrez Pérez, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.608.741, asistida por el abogado José Gilberto Martínez, inscrito en el Inpreabogado con el número 138.615; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad Municipal, que mide, en su totalidad, OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (88,50 Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (72,00 Mts2) con un valor aproximado de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) sin incluir el valor del terreno, ubicado en la vereda 03, final de las calles 7 y 8, casa Nº 11, sector II, Parroquia San Javier Marín, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, la cual consiste en: Una vivienda de bloque, techo de acerolit, dos (02) habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina y un (01) baño. El cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: (7,95 ML) Casa y solar de la familia Díaz; SUR: (8,90 ML) Casa y solar de la familia Yustiz; ESTE: (10, 00 ML) Vereda 03 que es su frente; y OESTE: (10,05 ML) Casa y solar de la familia Marín. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud Nº 183-14
TLR/EI/Alexzandra