REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 11 de Noviembre del 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos MAXIMO SALAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.122.745, con domicilio en La Comunidad de Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy e IVOR JOSE COLMENAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.317.793, con domicilio en Cabudare Estado Lara. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano EDDIE JOSE SEGOVIA LUGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.191.128; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio que mide TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS ( 364,36 Mts 2), en un área de construcción de R1/R1= OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS (R1/R1=84,77 Mts2), Ubicada en La Calle 4 esquina calle el Galpón de la Comunidad de Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa cercada completamente con paredes de bloques y cerca eléctrica, constituida por dos habitaciones, una sala-comedor, una cocina, una sala-recibo, dos baños, un tanque subterráneo con capacidad de Cuatro Mil Litros de Agua, un caney, una piscina que mide 4 metros de fondo por dos de ancho, una planta de Aguacate en plena Producción, una planta de Mandarina; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle el Galpón en 26.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Alberto Barrera en 24.10 ml; ESTE: Calle 4 su frente en 14.90 ml; OESTE: Quebrada Ramón Martínez en 13.95 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-URB-122-10-04, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 08 de Agosto del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3529/2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-