REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 13 de Noviembre de 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ZULEIMA MERCEDES VALLES GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.853.064, domiciliada en la Calle 24 entre Avenidas 6 y 7, Comunidad Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, RUBEN APARICIO ALVARADO SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.284.805, domiciliado en la Comunidad Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: MARIA ADELINA CASTILLO DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.505.539, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (170.89 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (R-1= 103.83 Mts2) Ubicado en la Vía de Acceso Común Entre Calle 24 y Quebrada Canepe, Comunidad Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques frisados, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Una (01) sala con una (01) puerta de entrada de hierro, con protector de hierro, dos (02) ventanas tipo panorámicas en aluminio y vidrio con protector de hierro, una (01) cocina – comedor con una (01) puerta trasera de hierro, cuatro (04) habitaciones, dos (02) con puerta de madera, un (01) baño, un (01) garaje con un (01) portón de hierro, cercada perimetralmente con bloques, los cuales del lado Oeste fue levantada entre las partes, con servicios de electricidad, aguas blancas y aguas servidas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de María Caldera, 0.80 – 1.20 – 4.70 - 1.00 – 10.00 M; SUR: Vía de Acceso Su Frente, 11.05 M; ESTE: Casa y Solar que es o fue de Aquilina Sequera, 11.20 – 3.90 – 3.50 M; OESTE: Casa y Solar que es o fue de Luis Mora, 13.85 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 108 02 09, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Octubre de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3518-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.