REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 04 de Noviembre del 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAMÓN ALIS RAMOS SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.578.777 y domiciliado Comunidad de San Antonio de Peguaima, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSE ALBERTO MALDONADO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.502.447 y domiciliado en la Comunidad de Tamarindo II, calle 17, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: MARIO BAUTISTA ARANGUREN LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 3.456.751 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal y mide una superficie de SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (697,10 mts2), en un áreas de construcción de R-4 NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS R-4 (92,00 mts2), ubicado en la Callejón San José I, entre calle 7 y Callejón San José II, Comunidad Pueblo Nuevo, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa, construida con paredes de bloque, techo de acerolit y platabanda, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un (1) porche con Una (1) puerta principal de hierro y enrrejillado, Una (1) sala con Una (1) puerta de entrada de hierro, una (1) cocina- comedor con Una puerta trasera de hierro, tres (3) habitaciones con sus respectivas puertas de madera y ventanas tipo panorámicas de hierro y vidrio con sus protectores de hierro, dos (2) baño con sus respectivas puertas de hierro y un (1) garaje con un porton de hierro, cercado perimetralmente dichas bienhechurías con bloque el lado este y oeste pertenece a los vecinos. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Cesar Jalis en 19,00 ml; SUR: Callejón San José I su frente en 23,90 ml; ESTE: Casa que es o fue de Nelson Donaire – Adrian López, en 32,25 ml ; OESTE: Casa que es o fue de Julián Oviedo en 32,90 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 - U01- 105- 24 - 16 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 15 de Mayo del año 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3495/2014.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA


La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez.-