REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de octubre de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas BARBARA LETICIA NOGUERA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la avenida Veroes, entre calles 14 y 15, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.695.666 y MARÍA DEL CARMEN CAMACHO MATERAN, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, domiciliada en la calle 9, con avenida 12 y avenida Carabobo, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 22.309.439, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana YARITZA COROMOTO SEGOVIA OVIEDO, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.594.178; y el ciudadano JHAN CARLOS GIL NAVAS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, de este domicilio; y titular de la cédula de identidad N° 14.608.174, asistidos por la abogada MARÍA ELENA BRICEÑO de GALLEGOS , inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula número 176.283; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno municipal; ubicado en la calle los Abuelos, sector Las Mercedes, municipio San Felipe, estado Yaracuy, que mide en su totalidad trescientos once metros cuadrados con setenta y cinco centímetros cuadrados (311,75 m2) y un área de construcción de ciento doce centímetros cuadrados con ocho centímetros cuadrados (112,08 m2); las cuales consisten en: una (1) casa distribuida de la siguiente manera: dos (2) habitaciones, una (1) cocina, una (1) sala comedor, un (1) baño, paredes de bloque frisadas, techo de acerolit y puertas de hierro, totalmente cercada con alambres de púas; y se encuentran alinderadas de la siguiente manera: Norte: terrenos que fueron o son de la señora Marlenys García; Sur: calle Los Abuelos; Este: terrenos que fueron o son de Jhon Felkin Arocha; y Oeste: terrenos que fueron o son de la señora Maribel Molleja.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La…
Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.351/14mcsm