REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de octubre de 2.014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos JOSEBETH MARILU MEJIAS MILANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-20.176.939, domiciliada en calle principal Alfonso López, las mercedes, casa numero 50, Municipio San Felipe, estado Yaracuy y CELERINO JESUS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-8.511.173, domiciliado en Calle Alfonso López, Las Mercedes, Municipio San Felipe, casa numero 50 estado Yaracuy; este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana JULIANA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en La Calle Alfonso Lopez, esquina calle las Gardenias , Las Mercedes Sector II, San Felipe estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.911.506, asistida por el abogado en ejercicio WILLIAM PEREZ ALEJOS, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 104.220; sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en la calle Alfonso López, esquina calles las Gardenias, Las Mercedes Sector II, jurisdicción del Municipio San Felipe estado Yaracuy, con una superficie total de: DOSCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS, (217,10 mts2), con un área aproximada de construcción de OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (87,02 mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: casa y solar de Milagros Sequera, con 16,70 metros lineales; SUR: Calle las Gardenias, con 16,70 metros lineales; ESTE: Casa y solar de Lorenzo Ramón Rivero, con 13,00 metros lineales; y OESTE: Calle Alfonso López que es su frente. Dichas bienhechurías han sido construidas a sus solas y únicas expensas y están constituidas por Una (01) Casa con paredes de bloques, techo de acerolit, Un (01) baño, Tres (03) dormitorios, Una (01) Sala y una (01) cocina. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS. El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada. El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud. 146-14/TLVDD/Edwin.