REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 31 de Octubre del 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos EDDY MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.797.147, con domicilio en La Comunidad de San Ramón, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y YUSMERY MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.484.679, con domicilio en La Comunidad de San Ramón , Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana SUHEYDI VIRGINIA ALEJOS GRANDA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.993.886; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (Inti) que mide CIENTO TRES METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS ( 189,00 Mts 2), en un área de construcción de R-4 DIECISEIS METROS CUADRADOS (R-4 16,00 Mts2), Ubicada en La Calle San Miguel Arcángel entre avenida 5 de Julio y Avenida Principal de la comunidad de San Ramón, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de un Rancho de Barro que consta de un cuarto, cocina y baño y techo de zinc; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Eduardo Granda en 8.60 ml; SUR: Terreno ocupado por Eduardo Granda en 8.60 ml; ESTE: Terreno ocupado por Candelario Raga y Entrada de acceso calle San Miguel Arcangel Su frente, en 12.00 ml; OESTE: Casa que es o fue de Alicia Alvarado en 12.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-02-R2-116-16-08, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 28 de Julio del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3501/2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-