REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 25 de septiembre de 2014
Años: 204º y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, recibida por Distribución, suscrita y presentada por el ciudadano: ESTEFANIA ELOINA BORGADO PEREZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de Identidad N° V-3.456.682 y de éste domicilio; así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARIO PADILLA RECCHIA venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.410.222, domiciliado avenida Bolívar entre calles 1 y 2 sector la carretera, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, ELWIN ELADIO MARCHENA PULIDO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-25.359.868, domiciliado santa María , del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, donde requieren de este Tribunal que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles sus derechos, que se describen en la solicitud que encabezan estas actuaciones, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara estas actuaciones TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: ESTEFANA ELOINA BORGADO DE PEREZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que aparecen descritas en la solicitud a que se contrae el presente decreto, sin perjuicios de terceros de iguales ó mejores derechos, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-
EL JUEZ,

ABG. CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. MAYAIRY RANGEL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,